sábado, 30 de julio de 2011

Lima: Plan Zanahoria empezaría en dos semanas


El gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Lima, Gabriel Prado, aseguró que en dos semanas la alcaldesa Susana Villarán aprobaría el Plan Zanahoria, el cual restringe el horario de venta de alcohol en la ciudad.

 “La ordenanza está en manos del Concejo Metropolitano. La Gerencia de Seguridad Ciudadana evacuó su informe y tiene que pasar a sesión del concejo. Estoy seguro que a más tardar en dos semanas este tema tiene que aprobarse”, afirmó el funcionario.

“Hasta las 12 de la noche en lugares de expendio público y hasta las 3 de la mañana se puede comprar licor en las discotecas de los centros nocturnos”, detalló Villarán anteriormente.

“La Universidad Cayetano Heredia, en convenio con la Municipalidad de Lima, viene ultimando detalles. Estamos acopiando la información en los distritos para darle información estadística confiable, oportuna y periódica que permita conocer cuál es la ocurrencia del delito y que brinde insumos a la autoridad para tomar una adecuada decisión en materia de seguridad”, explicó Prado sobre la implementación del Observatorio del Delito.

El Observatorio del Delito, gestionado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, beneficiará no solo Lima Cercado, sino todos los distritos que componen Lima Metropolitana, según se agregó.

jueves, 28 de julio de 2011

¿Cuál es el mejor ejercicio para la salud cardíaca?


Los autores de un nuevo estudio observaron que personas que hicieron ejercicio aeróbico solamente perdieron peso y centímetros de cintura, de modo que un programa aeróbico también sería una buena opción.

Los participantes que levantaron pesas únicamente ganaron fuerza, pero no obtuvieron beneficio cardíaco alguno.

"El programa óptimo es claramente el que combina ejercicios aeróbicos y de resistencia", dijo el doctor Timothy Church, experto en ejercicio y enfermedades de Pennington Biomedical Research Center, de Louisiana State University, Baton Rouge.

Los resultados, dijo a Reuters Health, coinciden con estudios recientes y las guías de actividad física que sugieren combinar un poco de entrenamiento de la resistencia con el ejercicio aeróbico habitual.

El equipo de Lori Bateman, del Centro Médico de Duke University, Durham, Carolina del Norte, le indicó al azar a 196 adultos con sobrepeso y sedentarios realizar 3 programas de ejercicios.

Un grupo realizó ejercicios de resistencia 3 días por semana, en 8 máquinas distintas para entrenar los músculos de la parte superior e inferior del cuerpo.

El segundo grupo hizo 2 horas de ejercicio aeróbico por semana en máquinas, equivalentes a 19 kilómetros de caminata o trote por semana.

El tercer grupo combinó los programas de resistencia y ejercicios aeróbicos.

Más de un cuarto de los participantes abandonó el estudio durante los 8 meses de duración de los programas; otros no contaban con información completa sobre su salud para que los autores pudieran comparar con los resultados de los programas. El equipo analizó finalmente el estado previo y posterior al ejercicio de 86 participantes.

El grupo que había levantado pesas aumentó 0,7 kilos al final del programa y algo más de perímetro de cintura, sin modificar otros factores de riesgo de diabetes o cardiovasculares.

El grupo que había realizado ejercicios aeróbicos adelgazó unos 1,3 kilos y perdió 1,3 cm de perímetro de cintura.

Los participantes que habían combinado el ejercicio de fuerza y aeróbico adelgazaron 1,8 kilos y perdieron 2,5 cm de cintura, además de obtener una reducción de la presión diastólica (el valor inferior de lectura) y de la calificación en una escala para evaluar el riesgo de desarrollar "síndrome metabólico" y que revela la combinación de los factores de riesgo cardíaco y de desarrollar diabetes.

Pero los análisis estadísticos demostraron que los participantes que habían hecho ejercicio aeróbico y de resistencia no tuvieron necesariamente mejores resultados que los que habían hecho sólo ejercicios aeróbicos.

Según los autores, se desconoce si la diferencia entre los grupos se debió al efecto del entrenamiento con pesas o sólo a que los participantes pasaron más tiempo en el gimnasio.

Los grupos que hicieron ejercicios aeróbicos y ejercicios combinados lograron reducir los niveles de triglicéridos, que son un tipo de grasa en sangre.

Church, que no participó del estudio, opinó que la cantidad de abandonos dificulta la interpretación de los resultados.

Dado que el ejercicio aeróbico solamente pareció ser casi tan bueno, sino igual, que la combinación de ejercicios aeróbicos y de resistencia, Bateman dijo: "Cuando una persona analiza cuánto tiempo dedicará al entrenamiento y si el objetivo es (...) reducir el riesgo de desarrollar diabetes y enfermedad cardíaca, nuestro estudio sugiere que el ejercicio aeróbico sería la mejor manera de lograrlo".

Dicho eso, agregó: "No queremos dar el mensaje de que el entrenamiento de la resistencia no es bueno para objetivos como aumentar la masa corporal no grasa o la fuerza", aclaró a Reuters Health.

Fuente: Terra

Dr. Ciro será denunciado por atentar contra el patrimonio


Según la Fiscalía de Chivay, el Dr. Ciro Castillo Rojo, padre del estudiante desaparecido hace más de 100 días en el valle del Colca, será acusado de atentar contra el patrimonio cultural. Esta denuncia se debe a que el Dr. Ciro excavó sin permiso en una tumba prehispánica ubicada en una zona arqueológica protegida.

Sin embargo, de acuerdo al diario “El Comercio” el Dr. Ciro, quien se encuentra aún en Lima, no ha recibido ninguna denuncia.

A pesar de este impasse judicial, el Instituto Nacional de Cultura (INC) autorizó la excavación en la zona Malata Viejo. Esta acción se realizó a las 07:00 am de hoy.

Fuente: Terra

martes, 26 de julio de 2011

Procedimiento de Envios de Entrega Rápida




A partir del 1ero de febrero del presente año, entró en vigencia un procedimiento general  el cual permite una mayor simplificación y agilización en el proceso de despacho de los envíos de entrega rápida que va acorde con el artículo 5.7 del capítulo 5 del acuerdo de promoción Comercial PERÚ-ESTADOS UNIDOS en donde se estipularon ciertas pautas  con respecto a este proceso que serian puestas en práctica por ambos países.
Bueno rescataremos las partes más importantes de este procedimiento, ya que muchas personas aun no entienden en su totalidad el proceso y los beneficios que ofrece el mismo.

Ante todo debemos de saber que estamos ante un Régimen Aduanero Especial, que cuenta con un procedimiento legal, que hay que cumplir.
 Pero ¿cómo podemos cumplirlo si no conocemos la ley?, pues para que esta entre en vigencia tuvo que ser publicada, si queremos ver la ley en su totalidad debemos seguir los siguientes pasos:

1.       Entrar a la página Web de la SUNAT.
2.       En la parte superior damos clic a la pestaña LEGISLACIÓN.
3.       En la página de legislación volvemos a dar clic a la pestaña LEGISLACIÓN ADUANERA.
4.       En el Índice, la columna a su mano derecha damos clic en PROCEDIMIENTO DE DESPACHO.
5.       En esta parte buscamos el recuadro que dice REGÍMENES ADUANEROS ESPECIALES O DE EXCEPCIÓN  y damos clic en ENVÍOS DE ENTREGA RÁPIDA.

Bueno ahí encontrara la normativa completa, puede descargarla etc.
Siguiendo con el tema compartiré algunos puntos que me parecen relevantes en este nuevo procedimiento:

1.       ¿Quién puede solicitar el despacho de los envíos?  

·         Lo puede hacer la misma empresa de envíos de entrega rápida (Courier).
·         El Despachador oficial en representación del dueño o consignatario.
·         El Dueño o consignatario de la mercancía: que acredita la pertenecías y puede solicitar el despacho presentando su DNI O RUC, o en caso de personas naturales extranjeras o peruanos residentes en el exterior, suPASAPORTE O CARNET DE EXTRANJERÍA.

2.       ¿Qué dice la norma con respecto al valor de los envíos?

Aduanas ha clasificado los envíos  en 3 categorías:
·        - 1era Categoría: Corresponde a los envíos de correspondencia, documentos, periódicos, y diarios sin fines comerciales. Se le ha asignado a esta categoría la nueva sub partida nacional 9809000010 que tiene el siguiente tratamiento según SUNAT:

                                                                                             Fuente : SUNAT


 Como podemos observar en esta tabla esta categoría esta inafecta de aranceles, solo paga 17% de IGV y 2 % de IMP.



     
   - 2da Categoría:
·         Comprende los envíos que contengan mercancías hasta por un valor FOB de 200 dólares de los estados unidos de América por envió, pongo en negrita esta palabra porque se puede confundir la expresión , por eso en este caso no hay norma mal escrita sino mal interpretada, supongamos un ejemplo:

Yo compro por Internet :
                1 juguete =             80 dólares
                1 guitarra =           100 dólares
                1 amplificador =   160 dólares

Me emociono, la norma dice mercancías por un valor FOB menos a 200 no pagan aranceles, le digo a mi proveedor que me lo embale todo en una caja directo a lima, que no escatime en contratar la empresa de envió mas barata, ya que ese dinero lo repongo con lo que debí pagar por los aranceles, manda manda nomas le digo.

Una vez en territorio nacional, la aduana me dice:

Está bien  tus mercancías no superan el valor de 200 dólares, pero al haberlas enviado en conjunto en un solo envió de 340 dólares, págame los derechos  arancelarios.
Más adelante explicaremos que pasa en estos casos, lo veremos en la tercera categoría.

Entonces la moraleja es la siguiente , los “200 dólares como tope son por envió”.  
                         
                                Bueno a esta categoría le corresponde la sub partida nacional  
                                9809000020, que tiene el siguiente trato según SUNAT:

                                                                                                    Fuente : SUNAT

                             







                            
                                Como podemos observar esta categoría esta gravada al igual que                                                                                       la anterior con 0%  de  aranceles
                                
                               - 3era Categoría: 
                                  
En esta categoría tenemos a los envíos que contengan mercancía con un valor FOB superior a 200 dólares y menos a 2000 dólares por envió. A esta categoría le corresponde la sub partida nacional 9809000030.
Regresando al ejemplo anterior, donde el valor FOB del envió era 340 dólares, podríamos decir que este envió esta clasificado en esta categoría, ¿cuánto es lo que tengo que pagar?, pues la nueva norma dice que solo pagare el 4% de aranceles por el envió.

El tratamiento según SUNAT para esta categoría es la siguiente :
                                                                   Fuente : SUNAT
Como podemos observar en el cuadro esta categoria paga el 4% de aranceles.



                       -4ta Categoría:
En esta categoría tenemos a los envíos que contengan mercancía con un valor FOB superior a 200 dólares y menos a 2000 dólares por envió. A esta categoría le corresponde la sub partida nacional 9809000030.
Regresando al ejemplo anterior, donde el valor FOB del envió era 340 dólares, podríamos decir que este envió esta clasificado en esta categoría, ¿cuánto es lo que tengo que pagar?, pues la nueva norma dice que solo pagare el 4% de aranceles por el envió.
El tratamiento según Sunat para esta categoría es el siguen

Esta categoría se divide en 2 grupos de envíos que amparen mercancías:
D1. Cuyo valor FOB supere los 2000 dólares por envió.
D2. Cuyo valor FOB sea menor o igual a 2000 dólares por envió y que :



1. Su importación para el consumo se encuentre afecta al Impuesto Selectivo al     consumo, siempre que su valor FOB sea superior a 200 dólares por envío,
2. Su importación para el consumo esté sujeta a recargos,
3. Gocen de beneficio tributario, trato preferencial o liberatorio,
4. Constituyan mercancía restringida,
5. Constituyan donaciones,
6. Constituyan valija diplomática,
7. Constituyan muestras sin valor comercial,
8. Regularicen algún régimen aduanero precedente,
9. Se encuentren sujetas a disposiciones o regulaciones no
arancelarias,
10. Se encuentren afectas a medida cautelar,
11. Se destinen a otros regímenes aduaneros diferentes a los regímenes
de importación para el consumo o exportación definitiva,
12. Se destinen por el dueño o consignatario,
13. Se transfieran antes de su nacionalización,
14. Otras establecidas por la Administración Aduanera mediante
Resolución.

¿ Beber agua helada quema calorías ?


 Beber agua helada quema calorías ? Si lo que queremos saber es si nuestro cuerpo quema calorías calentando el agua, la respuesta es SI. Pero si lo que queremos saber es si beber agua helada ayuda a perder peso... haciendo unas cuentas sencillas salimos de dudas.





Para empezar, habría que diferenciar entre: calorías y Calorías. Cuando se escribe con mayúscula son las que se utilizan para describir la cantidad de energía que contiene la comida. Una caloría (con minúscula) se define como la cantidad de energía necesaria para elevar la temperatura de un gramo de agua destilada de 14,5ºC a 15,5 grados Celsius a nivel del mar
Una Caloría es realmente una Kilo-caloría: una Caloría es la cantidad de enerfía necesaria para elevar la temperatura de 1kg de agua 1 grado Celsius.

Entonces, cuando por ejemplo comemos algo que tiene 200 Calorías, estamos aportando al cuerpo 200 000 calorías. Con lo cual, cuando quemamos 200 Calorías, estamos quemando 200 000 calorías
Entonces, considerando que la definición de una caloría se basa únicamente en el aumento de la temperatura del agua, podemos decir que nuestro cuerpo quema calorías cuando tiene que aumentar la temperatura del agua elada que hemos bebido hasta alcanzar la temperatura de nuestro cuerpo.

Si hacemos cuentas de lo que quemaríamos si bebemos 0.5 litros de agua helada, por ejemplo, tenemos:
  • La temperatura del agua helada la suponemos 0 grados Celsius.
  • La temperatura del cuerpo la suponemos 37 grados Celsius.
  • Quemamos 1 caloría por incrementar un grado Celsius un gramo de agua.
  • Sabiendo que la densidad del agua es aproximadamente de 1 gramo/cm3, hay 500 gramos en 0.5 litros de agua.
Por lo tanto, en el caso de que nuestro cuerpo incremente la temperatura de 500 gramos de agua de 0 grados Celsius a 37, nuestro cuerpo quema 18500 calorías ( con 'c' minúscula) que equivalen a 18.5 Calorías. Teniendo en cuenta que una dieta para una persona normal ronda las 2000 Calorías, las 18.5 que quema el cuerpo calentando el agua son insignificantes
Si hacemos la cuenta con los 2 litros que recomiendan beber al día, nuestro cuerpo quema 74000 calorías, que equivalen a 74 Calorías... Sigue siendo insignificante, asiesque si alguen pensaba adelgazar bebiendo agua, no le sirve.

Reducen condena a Antauro Humala Tasso


Reducen condena a Antauro Humala Tasso
Por Andahuaylazo.Jueces discrepan ahora si la disminuyen de 25 a 19 o 17 años. Lo absolvieron de homicidio calificado y hay discrepancias sobre  secuestro, tenencia ilegal de armas y daños.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema resolvió que el líder etnocacerista Antauro Humala Tasso es culpable de rebelión y homicidio simple por la toma de la comisaría de Andahuaylas y la muerte de cuatro policías, el 2005, por lo que le rebajarán su actual condena de 25 años de cárcel.
Pero discreparon sobre también absolverlo de los delitos de secuestro (que define si tiene o no beneficios penitenciarios), tenencia ilegal de armas, daño agravado y la nueva pena que recibirá en los delitos en los que sea declarado culpable.
De los cinco integrantes del tribunal,  Duberlí Rodríguez, José Neyra y Jorge Calderón consideraron que Humala debería recibir pena de 19 años de prisión e incluirse los delitos de secuestro, tenencia ilegal de armas y daño agravado.
Los otros dos jueces, Javier Villa Stein y Josúe Pariona, opinaron que el dirigente etnocacerista reciba 17 años de prisión y lo exculpan de los otros delitos mencionados porque estos forman parte de la rebelión.
Para que haya sentencia se necesitan cuatro votos mínimos a favor de una de las dos posiciones discrepantes, por lo que se llamarán a jueces dirimentes hasta que se alcance ese número. El primero en ser convocado fue Jorge Santa María.
También hubo acuerdo para que  Antauro Humala pague una reparación civil de 280 mil soles a favor de cada uno de los cuatro policías y, junto con Tito Palomino y Daniel Ludeña, S/. 100 mil a favor del Estado. Una condena por secuestro impide recibir beneficios penitenciarios.
Tito Palomino con 16 años de cárcel
La Corte Suprema también rebajó la sentencia de 20 años de prisión impuesta a Tito Palomino y le impuso 16 años de cárcel por homicidio simple y rebelión.  Pero hay discrepancias en torno a la comisión del delito de daños, pues unos consideran que debe ser absuelto y otros tener un nuevo juicio pero solo sobre este ilícito menor.
En cuanto a Daniel Ludeña, “El Centinela”,  hay unanimidad en condenarlo por delito de rebelión y en anular la acusación de homicidio calificado y condenarlo solo por homicidio calificado en grado de tentativa. Pero hay discrepancia en aumentar su pena actual de 15 años  a  18 o 16 años de prisión.
Fuente: Diario La República

lunes, 25 de julio de 2011

Razones para decirle no a las tarjetas



“El endeudamiento promedio de los peruanos por consumo de tarjetas de crédito es siete veces más que todos sus ingresos familiares al mes”. La cruda estadística corresponde al experto en finanzas personales Juan Carlos Ocampo.
Lo ideal es no tener una deuda mayor a dos o tres veces el ingreso familiar, de tal manera que el 30% del total de las remuneraciones se pueda utilizar para pagar la tarjeta y los intereses que genere. “Eso es lo más lógico para cada cliente”, asegura Ocampo.
Sin embargo, advierte que la mayoría no piensa lo mismo, y solo queda recomendar que, antes de embarcarse en “el entusiasmo de una tarjeta de crédito”, tenga bien claro el tipo de deuda que está buscando asumir y el plazo en el que proyecta pagarla.
Concluye que, sobre todo, se debe tener mucha calma y no aceptar todas las llamadas telefónicas que ofrecen tarjetas de crédito preaprobadas.
COMPRADOR COMPULSIVO. Para tener una idea del mercado, hay 6 millones 467 mil tarjetas de crédito circulando en el país, de las cuales el 97.84% son de consumo, según la Asociación de Bancos (Asbanc).
Es decir, con la disponibilidad de crédito disparada, los consumidores se endeudan fácilmente y se acostumbran a obtener lo que quieren de inmediato, así no tengan dinero.
Es verdad que cada persona es diferente, pero la mayoría busca adquirir lo último en tecnología (televisor pantalla plana, consola de videojuegos, etc.) o, tal vez, zapatos y ropa a la moda, divertirse un fin de semana o consumir desmedidamente, para terminar pagando todo con dinero plástico.
Dicho comportamiento trae como consecuencia el fácil y rápido endeudamiento compulsivo. Por ello, es necesario pensar siempre enpagar todo el consumo a fin de mes y no solo una parte.
Ocampo sostiene que una persona debe parar sus gastos si sabe que a fin de mes no podrá cancelar el consumo completo de su tarjeta. Es que evitar deudas innecesarias le generará cero intereses y, además, cero preocupaciones en el futuro.
Fuente: Perú21

¿Cuánto cobran por disponer de efectivo?




Mucho cuidado con los costos por sacar dinero con la tarjeta de crédito, a través de los cajeros automáticos. El cobro, en algunos casos, puede superar el 200% de interés. Si es muy urgente, escoje la opción de cancelar la deuda en cuotas.


Fuente: Perú21

El precio del pollo bajó a 5 soles


José Alvarado, administrador del centro de acopio de Acho, manifestó que el precio del pollo bajó a S/. 5.00 el kilo en dicho recinto. Semanas atrás llegó a costar más de S/. 8.00 x kg.
En diálogo con RPP Noticias, Alvarado manifestó que* esta disminución se debe a la abundante entrada del ave a los mercados* por Fiestas Patrias y que su valor podría bajar más en los próximos días.
Asimismo indicó la gallina también bajó de precio: doble pechuga S/.7.50; negra S/.8.00 y roja S/.7.00, mientras que el pato se mantiene en S/.9.00.